Hace unos días, el Senado de la República aprobó una de las reformas más discutidas del último año: la Ley en Materia de Nueva Telecomunicaciones y Radiodifusión. Con 77 votos a favor y 30 en contra, se dio luz verde a este dictamen que busca transformar la regulación de los servicios de telefonía, internet y medios en México, generando un intenso debate entre autoridades, especialistas, usuarios y grupos de la sociedad civil.
Esta ley plantea cambios estructurales, como la desaparición definitiva del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la creación de dos nuevas entidades: la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) y la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, organismos que estarán encargados de coordinar, supervisar y dictar resoluciones en este sector estratégico.
¿Una ley que espía?
Uno de los puntos más polémicos gira en torno a la colaboración obligatoria de los concesionarios de telecomunicaciones con las autoridades. De acuerdo con el dictamen aprobado, las empresas deberán conservar los datos de sus usuarios por un periodo de dos años y estarán obligadas a entregarlos a las autoridades en un plazo máximo de 24 horas si así lo solicitan.
Sin embargo, el gobierno federal ha insistido en que esta medida no representa un acto de espionaje. Tal como lo explicaron desde la Agencia de Transformación Digital, lo que establece la ley es similar a lo que ya existía desde 2014, cuando se aprobó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Según esta normativa, cualquier localización en tiempo real de dispositivos o acceso a datos conservados solo puede realizarse mediante una orden judicial emitida por una autoridad competente.
“El gobierno ni espía ni censura, el artículo 183 es exactamente igual al artículo 190 de la ley de telecomunicaciones que fue aprobada en 2014”, aseguró el gobierno federal a través de una tarjeta informativa.
¿Una ley que censura internet y redes sociales?
Originalmente, el dictamen contemplaba el controvertido artículo 109, que otorgaba al Gobierno la facultad de bloquear aplicaciones, plataformas digitales y redes sociales bajo ciertos criterios. Esta propuesta encendió las alarmas entre activistas, organismos internacionales y representantes de la oposición, quienes advirtieron que podría derivar en censura y abusos de poder.
Finalmente, este artículo fue eliminado del dictamen final. No obstante, persisten las dudas sobre los alcances de los nuevos órganos reguladores y su capacidad para influir en la transmisión de contenidos.
El propio titular de la ATDT, José Antonio Peña Merino, aseguró que “no hay mecanismos de censura” y que los derechos de las audiencias se mantienen protegidos conforme al artículo 6° de la Constitución. Según el funcionario, cualquier inconformidad respecto a los contenidos debe canalizarse mediante quejas ciudadanas presentadas directamente ante el defensor de audiencias de cada medio.
Adiós al Instituto Federal de Telecomunicaciones
El IFT, creado en 2013 como órgano autónomo encargado de regular el sector, será reemplazado por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, la cual absorberá sus funciones. Esta transición ha sido interpretada por algunos analistas como un retroceso en la autonomía regulatoria, al considerar que la nueva agencia estará más alineada al Ejecutivo federal.
Adicionalmente, se aprobó la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, integrada por cinco comisionados propuestos por el presidente y ratificados por el Senado, con atribuciones técnicas y operativas independientes, al menos en el papel.
¿Cómo garantiza la ley la privacidad de los usuarios?
Uno de los principales temores ciudadanos radica en la posibilidad de que se utilicen mecanismos de localización o de obtención de datos de manera discrecional, sin las debidas garantías legales.
Sin embargo, el gobierno federal ha recalcado que el nuevo marco legal no amplía las facultades de vigilancia, sino que replica lo estipulado en la ley vigente desde 2014. Tanto el artículo 183 del nuevo dictamen como el artículo 190 de la ley de 2014 establecen que los concesionarios deben colaborar con las autoridades para la localización geográfica en tiempo real de equipos móviles, pero únicamente bajo los términos legales correspondientes.
Asimismo, el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que regula el acceso a la información y localización en tiempo real, se mantiene sin modificaciones desde 2016. Dicho artículo exige que cualquier solicitud de datos o localización cuente con una orden escrita, fundada y motivada de un juez.
¿Qué es Llave MX y qué tiene que ver con esta nueva ley?
Otro de los temas que ha generado debate es la plataforma Llave MX, un sistema de identidad digital que permite iniciar trámites gubernamentales en línea. En redes sociales y algunos sectores se ha sugerido que podría facilitar la suplantación de identidad o el espionaje.
No obstante, la Agencia de Transformación Digital ha insistido que actualmente no es posible realizar ningún trámite completo únicamente con Llave MX, ya que siempre se requiere documentación oficial que acredite la identidad del usuario. Incluso si alguien intentara registrar una cuenta utilizando una CURP ajena, esto no se traduciría en suplantación de identidad, ya que sin documentos oficiales válidos no se pueden concluir trámites.
De hecho, el gobierno sostiene que las iniciativas legales permitirán fortalecer Llave MX, dotándola de mayores mecanismos de seguridad para consolidar una identidad digital confiable, que facilite los trámites 100% en línea sin poner en riesgo los datos personales de los ciudadanos.
¿Cómo te afecta como usuario esta reforma?
La Ley de Nueva Telecomunicaciones y Radiodifusión tiene implicaciones directas para todos los usuarios de telefonía, internet y medios en México. Entre los cambios que podrían impactarte están:
- Las empresas de telecomunicaciones deberán conservar tus datos por dos años.
- Solo mediante orden judicial podrán solicitarse tus datos o geolocalización en tiempo real.
- Se eliminó la facultad del gobierno para bloquear aplicaciones o plataformas sin control judicial.
- Los nuevos órganos reguladores podrían tener mayor cercanía con el Ejecutivo, lo que algunos consideran un riesgo para la autonomía.
- Los derechos de las audiencias siguen vigentes, incluyendo la protección de la programación infantil, la igualdad de género y la no discriminación en contenidos.
Si bien el gobierno asegura que esta reforma busca modernizar el sector y proteger los derechos de los usuarios, la oposición y grupos de la sociedad civil advierten que debe vigilarse su implementación para evitar abusos.