28.1 C
Tampico
5 octubre,2024
Image default
Noticias

Aspectos clave de la reforma judicial de AMLO: Establecimiento del Órgano de Administración Judicial

La reforma judicial impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, aprobada por el Congreso, incluye varios aspectos importantes, entre los cuales destaca la creación del Órgano de Administración Judicial.

Esta iniciativa establece que la administración del Poder Judicial de la Federación (PJF) estará a cargo de este nuevo órgano, que se encargará de definir la cantidad y distribución de los circuitos, así como la competencia territorial y especialización de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito, incluyendo áreas como radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica.

Según el documento “Impacto de la Reforma Judicial en el Litigio en México” de Cervantes Díaz Abogados, el órgano también será responsable de la incorporación, formación, promoción y evaluación del personal judicial a través de la Escuela Federal de Formación Judicial, además de supervisar los recursos humanos, materiales y financieros.

El Instituto Federal de Defensoría Pública estará bajo la dirección del órgano de administración, el cual gozará de independencia técnica y de gestión. Sus decisiones serán finales e irrecurribles.

El órgano también será responsable de elaborar el presupuesto del PJF. Estará compuesto por una persona designada por el presidente de la República, dos designadas por el Senado mediante una votación calificada de dos tercios y tres designadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por mayoría de seis votos.

La presidencia del órgano rotará cada dos años y no tendrá derecho a voto. Sus miembros podrán ser sujetos a juicio político y procedimientos de desafuero.

Otro aspecto importante es que se prohíbe explícitamente al PJF crear fideicomisos, fondos o contratos similares que no estén claramente previstos en la normatividad secundaria. En el régimen transitorio, se ordena que los órganos del PJF tomen las medidas necesarias para extinguir aquellos fideicomisos o fondos no previstos por la ley.

El PJF tendrá un plazo máximo de noventa días naturales, a partir de la entrada en vigor de la reforma, para transferir todos los recursos remanentes de dichos instrumentos a la Tesorería de la Federación, según el documento de Cervantes Díaz Abogados.

Te puede interesar...